Aspectos jurídicos y mercantiles de una tienda online

Aspectos jurídicos y mercantiles de una tienda online

En este apartado podrás conocer todos los aspectos jurídicos y mercantiles que necesitas saber para abrir un negocio online.

¿Para crear mi tienda online tengo que ser autónomo?

Muchas dudas que nos han llegado son sobre si para crear una tienda online se debe ser autónomo.

Debes darte de alta cómo autónomo en la seguridad social si tus ventas superan al Salario Mínimo Interprofesional, que en 2012, se sitúa en 645,30€. Si no superas este importe no es obligatorio ser autónomo, aunque recuerda que sí que te tienes que dar de alta en el IAE (modelo 037) para así poder facturar y poderte desgravar el IVA pertinente. Si superas este importe o tienes a alguien más contratado luego SI que estás obligado a darte de alta.

Además, si estás trabajando por cuenta aliena, SI que te permite tener una actividad paralela siempre que en tu contrato no haya una cláusula que no te lo permita. Si quieres vender por internet es necesario que te des de alta en Hacienda y en la seguridad social como autónomo para así poder vender por este medio sin problema.

Aunque en este caso no es obligatorio ser autónomo, recuerda que si decides crear una tienda online como empresa puedes elegir entre diferentes tipos. Os dejamos un cuadro de CIRCE que explica muy bien con una tabla las principales diferencias

 

¿Qué IVA debo  facturar en mi tienda online?

El IVA es un impuesto que grava el consumo, tanto de los bienes como de los servicios. Una vez empezamos nuestra tienda online debemos de diferenciar si nuestros pedidos serán completamente online o si aunque hagan el pedido vía online al recoger la compra será de manera offline. UE define cómo los productos que se envían por internet: “transmisión enviada inicialmente y recibida en destino por medio de equipos de procesamiento, incluida la compresión numérica y el almacenamiento de datos, y enteramente transmitida, transportada y recibida por cable, radio, sistema óptico u otros medios electrónicos.”

El impuesto de IVA funciona de la siguiente manera:

  • Los empresarios que tienen un negocio online repercuten (cobran) el IVA de sus clientes por las ventas o prestaciones de servicios que han realizado. Este dinero deben de ingresarlo en el Tesoro público.
  • Los empresarios también soportan (pagan) cuando adquieren productos. Por lo tanto se lo pueden deducir.

Un concepto que se debe tener claro es que con el IVA no se puede hacer negocio, es decir, no puedes ganar dinero con él y tampoco perderlo. Por esto, normalmente cada trimestre se hace la regulación con el IVA repercutido menos el IVA soportado.

  • Si el IVA repercutido es superior al IVA soportado: debes de ingresar la diferencia en el Tesoro público.
  • Si el IVA soportado es mayor que el IVA repercutido, es decir que has pagado más que no cobrarlo, no se cobra (si lo liquidas cada trimestre) y se compensa en las otras liquidaciones. A final de año si aún pagas más que no recibes, podrás decidir si seguir compensándolo por el año siguiente o cobrarlo. Una excepción, es si deduces el IVA mensualmente, aquí sí que te permiten cobrarlo cada mes.

Se pueden dar diferentes situaciones y cada situación se tiene que tratar de manera diferente. Si necesitáis más asesoramiento respecto al IVA podéis pedir hora en la Agencia Tributaria y os resolverán todas las dudas con más detalles.

VIGILAR: en el caso online no se tributa de la misma forma la entrega de bienes a una prestación de servicios. En el primer caso es cómo lo hemos contado la forma anterior, en el segundo caso tiene una serie de variaciones, podéis ampliar la información al régimen especial de servicios electrónicos.

Tributación IVA

  • Un Empresario o profesional de España puede vender a un: 
    • Particular: usuario de España o usuario miembro de la UE se aplica el IVA español

Si es un particular de fuera de la UE, Ceuta, Melilla y Canarias NO se aplica ningún IVA.

    • Empresa: Si es un negocio online que está fuera de la UE, Canarias, Ceuta o Melilla NO se aplica ningún IVA.

Si la tienda online está a España se aplica el IVA español.
Si la tienda virtual está situada en un estado miembro de la UE, se aplica el IVA de aquel país.

  • Un empresario de fuera de la UE(sin Establecimiento Permanente de la UE) ven un producto a:
    • Particular o empresa de fuera de la UE, Ceuta, Melilla y Canarias NO se aplica IVA.
    • Si es un cliente de un estado miembro de la UE, se aplica el IVA del país destinatario y tendrá que ingresar el dinero en este país.
      Ejemplo: empresa que vive a Canarias y ven sillas a España. Tendrá que aplicar un IVA del 21% cuando venda a España e ingresar este IVA a Hisenda de España.

Está empresa que se encuentra fuera de los estados miembros de la UE tiene la obligación de darse de alta en las Agencias Tributarias de los Estados destinatarios y cumplir los siguientes requisitos:

    • Tiene que declarar vía online el inicio, modificación y cese de las actividades
    • Cada trimestre ha de presentar las declaraciones correspondientes a IVA e ingresar el importe de la liquidación
    • Mantener un registro de las operaciones realizadas
    • Entregar facturas de las operaciones.

La empresa tiene derecho a pedir la devolución de las cuotas de IVA soportadas por esta actividad.

  • Empresa vende o presta un servicio a un estado miembro de la UE(que no sea España).
    • Si el destinatario (empresario y particular) está fuera de la UE, no se aplica ningún IVA.
    • Si vende a una empresa de España o de un país miembro de la UE se aplica el IVA del destinatario. Por ejemplo, si una empresa que está a Francia vende mesas a España, se aplicará el IVA español.
    • Si vende a un particular de España o de un estado miembro de la UE se aplica el IVA del prestador (la empresa que vende el producto).

Además podéis añadir está información con la que ya publicamos en anteriores artículos.

IRPF o Impuesto de Sociedad

En este caso son los mismos conceptos que en una tienda offline, el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (para los autónomos) y el Impuesto sobre Sociedades (para las empresas).

Para evitar problemas se debe de separar una entrega de bienes con una prestación de servicio. La descarga de software, música o películas online serán consideradas cómo una prestación de un servicio.

Cómo en el comercio electrónico puedes vender a cualquier parte del mundo, para que dos Estados no computen la actividad simultáneamente o un Estado no la compute pueden hacer estos dos pasos:

  •  Teoría de la fuente: dónde se produce la renta este Estado deberá de gravar la renta. Por ejemplo, si una empresa española vende a Francia, se deberá de imputar la renta a España.
  • La teoría de la residencia habitual: en este caso dónde se grava la operación es el Estado donde se han destinado los productos o servicios. Siguiendo el ejemplo anterior, si una empresa española vende a Francia, será Francia quien deberá de gravar esta operación.

 Para leer más información podéis visitar la página web pymes y autónomos.

 Publicidad

Siempre que el propietario de un negocio online o sitio web reciba una cantidad de dinero significativa a cambio de establecer publicidad en su web lo debe de tributar y por lo tanto, cumplir con las leyes sobre la facturación y los impuestos de estos ingresos publicitarios.

El ejemplo son los ingresos que puedes sacar para poner un anuncio de Google Ad-Sense, muchos pequeños negocios online no lo declaran, pero ahora vigilar porque las autoridades de la UE han endurecido los controles sobre este tipo de operaciones. Para poder declarar este tipo de publicidad lo podéis hacer a través del modelo 100 del IRPF. Podéis leer más sobre este aspecto aquí: Fiscalidad del comercio electrónico vía publicidad y regularizar ingresos a través del IRPF.

Leyes que podemos encontrar en una tienda online

Para abrir una tienda online se necesitan las mismas autorizaciones administrativas y fiscales que una tienda offline. Ahora bien, vamos a destacar una serie de leyes que son implícitas en los comercios electrónicos:

  • La Ley Orgánica 15/1999, 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
  • La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE).
  • La Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación y el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Obligaciones que tiene una tienda online con la protección de datos

Si en nuestro negocio online recogemos datos personales de nuestros usuarios, clientes… debemos de notificar todos los ficheros que contienen estos datos personales a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Se debe de notificar antes de empezar a pedir los datos de los usuarios. Puedes entrar en la página web www.ag pd.es y realizar la notificación de manera gratuita (programa NOTA). En esta página encontraras formularios y guías para que puedas hacerlo de una manera fácil.

En nuestro blog ya dimos unos consejos legales por lo que hace referencia a todas estas leyes, podéis leeros en: consejos legales para crear tu tienda online.

Política de devoluciones

En este apartado es muy importante conocer y saber cómo nuestro cliente podrá devolver el producto, quien tendrá que hacer frente estos gastos de envió y en qué plazo. Estos datos tendrán que estar visibles en nuestra página web ya que el usuario ha de saber en todo momento está política de devoluciones.

Normalmente es la tienda online quien paga el servicio de transporte por un producto que ha llegado roto o en mal estado, ya que puede ser una manera de contentar al cliente y que sigue comprando con nosotros.

La legislación europea cita en 14 días el plazo máximo para poder devolver  un producto, en excepción de los casos de la compra de una canción en iTUnes o una aplicación en Google Play.

Sellos de calidad y protocolo SSL

Estos son los certificados que puede obtener una tienda online:

Protocolo SSL: en nuestro blog ya hablamos sobre este término. Haciendo un resumen consiste en que nuestro usuario le parece en la barra del navegador un “https” que significa que está en modo seguro. Nadie puede ver los datos que pone en ese momento ni descifrar la información.

Confianza online: si obtenemos este certificado significa que nuestro negocio online cumple la transparencia y la credibilidad necesaria para que nuestros usuarios puedan comprar con total seguridad y confianza.

Verificada: Otro portal dónde certifican que nuestra tienda online tiene transparencia en el proceso de compra.

Trusted shops: quien obtiene este sellado es un sello de calidad de nuestra tienda online y nuestros usuarios pueden comprar de una manera más segura.

Icert.es y ekomi.es: son certificados que se basan de las opiniones reales de los clientes que han comprado en una tienda online. Con este certificado el cliente puede saber del cierto el servicio real que ofrecen.

Puedes ampliar la información en el artículo: sellos de calidad.

Este es un apartado dónde ha creado muchos dudas sobre cómo empezar a crear un negocio online, esperemos que se os hayan solucionado algunas. La semana que viene llega el último post sobre el plan de negocio y trataremos sobre el plan económico y financiero. Te explicaremos cómo realizar un proyecto de inversión, un proyecto de financiación, a conocer la viabilidad económica y financiera y hacer un balance de empresa y cuenta de resultados.

Artículos relacionados con el plan de negocio:

  1. Introducción del plan de negocio: resumen ejecutivo
  2. Plan de organización de una tienda online
  3. Análisis del mercado y del producto de un negocio online
  4. Análisis de la competencia en el comercio electrónico
  5. Plan de marketing de una tienda virtual
  6. Plan de ventas de un negocio online
  7. Organización y recursos humanos en una tienda en Internet
  8. Aspectos jurídicos y mercantiles de una tienda online
  9. Plan económico y financiero de un negocio online
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